Valor jurídico de la firma biométrica
El artículo 3.9 de la Ley 59/2003 de la Firma Electrónica establece que: No se negarán efectos jurídicos a una firma electrónica que no reúna los requisitos de firma electrónica reconocida en relación a los datos a los que esté asociada por el mero hecho de presentarse en forma electrónica.” Este mismo principio se establece en […]